l pasado viernes 26 de Junio, la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos decidió anular la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo porque viola la Constitución de esa nación. Esto significa que, a partir de ahora, es legal el matrimonio homosexual en los 50 estados que conforman Estados Unidos, incluido Puerto Rico. Esta histórica aprobación levantó revuelo en nuestro país, cuestionando por qué se promovía tanto el matrimonio entre personas del mismo sexo y no se tenía el mismo apoyo a temas considerados “más relevantes” como la pobreza y el acceso a la salud.
Fueron muchas las empresas transnacionales como Microsoft, Coca-Cola, Facebook, Google, Starbucks, Levis, entre otras, y algunas empresas nacionales como Diario Correo, Perú 21, Bembos, BCP y Corporación Lindley, quienes mostraron públicamente su apoyo a esta decisión del gobierno norteamericano. Esta coyuntura motivó el desarrollo del tema de este segundo blog: ¿Existen Derechos Humanos (DDHH) más importantes unos que otros? Y, ¿cómo es el compromiso actual de las empresas con los DDHH?
Primero, ¿qué entendemos por Derechos Humanos?
Los Derechos Humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Estos están institucionalizados principalmente en la Carta Internacional de Derechos Humanos 1, y los Principios y Derechos Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); los cuales han sido aprobados por la Organización de Naciones Unidas (ONU), siendo un compromiso de los 193 países miembros, entre ellos, Perú.
Y por ejemplo… ¿Cuáles son?
Entonces, ¿existen derechos más importantes que otros? ¿Qué significa que los Derechos Humanos sean interdependientes e indivisibles?
Todos los Derechos Humanos, sean los de derecho a la vida, igualdad ante la ley, no discriminación, derecho al trabajo o derecho a la educación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
Por ello, en una sociedad comprometida a respetar los DDHH no se podría promover un derecho en desmedro de otro. La no discriminación no es menos importante que el derecho a la salud o a un trabajo decente.
¿Cómo se gestionan los Derechos Humanos en las empresas?
No hay duda que la empresa es un actor de desarrollo: crea fuentes de trabajo, provee de productos y servicios a la sociedad, contribuye con impuestos y genera diversas oportunidades de crecimiento. Sin embargo, también existen riesgos de impacto negativo asociados a las operaciones y prácticas empresariales.
En un informe del 2008, John Ruggie 2 , Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Empresa, ofreció un resumen del alcance y tipos de los presuntos abusos de los DDHH cometidos por empresas. Tras el análisis de una muestra de 320 casos entre el 2005 y 2007, la conclusión en ese informe es que todos los Derechos Humanos pueden verse afectados por las actividades empresariales.
Algunas conclusiones de Ruggie…
…”Las repercusiones no se circunscribían a un único derecho. El supuesto abuso afectaba en general a diversos derechos humanos. Por ejemplo, en algunos casos, el trabajo infantil vulneraba el derecho a la educación y el derecho a no ser sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y, en otros casos, si el niño realizaba tareas que sobrepasaban su capacidad física, se conculcaban el derecho a la salud y el derecho a la vida..”
“..Los daños ambientales tenían repercusiones sobre los derechos humanos. En todos los sectores se constataron problemas relacionados con el medio ambiente que tuvieron consecuencias negativas sobre distintos derechos, entre ellos, el derecho a la salud, el derecho a la vida, el derecho a una alimentación y vivienda adecuadas, los derechos de las minorías a la cultura y el derecho a beneficiarse del progreso científico. En el 20% de los casos se planteó también la cuestión del acceso al agua potable, y se acusó a las empresas de impedir el acceso a ese bien o de contaminar fuentes de recursos hídricos…”
Entonces, es necesario optimizar los efectos positivos y minimizar los impactos negativos de la gestión empresarial. Esta idea es la base de los nuevos estándares internacionales surgidos ante la globalización de las actividades económicas, y sus efectos para la protección y garantía de los Derechos Humanos.
¿Qué instrumentos existen para gestionar Derechos Humanos en las empresas?
Existen diferentes herramientas utilizadas por empresas para promover los Derechos Humanos. Desde los Principios Rectores sobre las Empresas y Los Derechos Humanos de la ONU, las Guías del Global Reporting initiative (GRI) , los Principios de Inversión Responsable (PRI), la Norma ISO 26000, El Pacto Mundial, la Norma SA8000 y la Plataforma SEDEX para promover cadenas de abastecimiento éticas y responsables.
¿Cómo se llevan a la práctica? Aquí, algunos ejemplos empresariales:
Respeto a la Diversidad: Política de Derechos Humanos de Coca-Cola
Coca-Cola actualizó su Política de Derechos Humanos en el 2014 y esta aplica también para The Coca-Cola Company, y todas las entidades de su propiedad. Además, ha asumido el compromiso de colaborar con sus embotelladoras asociadas y de alentarlas para que apoyen los principios de esta Política, y adopten políticas similares dentro de sus empresas. Lo interesante es que -dentro de su compromiso con la Diversidad- deja claro su compromiso con la no discriminación en todos sus tipos. Asimismo, se pueden hacer denuncias sobre esta política a www.KOethics.com.
Coca-Cola actualizó su Política de Derechos Humanos en el 2014 y esta aplica también para The Coca-Cola Company, y todas las entidades de su propiedad. Además, ha asumido el compromiso de colaborar con sus embotelladoras asociadas y de alentarlas para que apoyen los principios de esta Política, y adopten políticas similares dentro de sus empresas. Lo interesante es que -dentro de su compromiso con la Diversidad- deja claro su compromiso con la no discriminación en todos sus tipos. Asimismo, se pueden hacer denuncias sobre esta política a www.KOethics.com.
Principios de Inversión Responsable (PRI)
Los Principios de Inversión Responsable (PRI) son una iniciativa creada en el 20015 por las Naciones Unidas,con la finalidad de que el sector financiero mundial (fondos de pensión, aseguradoras, administradores de activos y servicios) integre criterios sociales, ambientales y de gobierno corporativo en sus decisiones de inversión.
Desde su creación, los PRI aglutinan a más de 1,000 firmantes y representan un volumen de activos superior a los U$59 trillones. En Latinoamérica, empresas de gestión de activos como Bancolombia, Itau y Bradesco, han firmado estos Principios. En el Perú, aún no hay firmantes pero sería interesante que las empresas de fondos de pensiones integren estos criterios para invertir los fondos de las AFPs.
ACTIAM, firmante del PRI, es un administrador de activos responsable con sede en Holanda, que administra cerca de 45,000 millones de euros. ACTIAM. Los principios de Inversión de ACTIAM se basan en normas internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Si bien ACTIAM considera universales algunos factores ESG –tales como los derechos humanos–, cree que la implementación de, por ejemplo, los derechos humanos, laborales y de los niños, podría requerir tener en cuenta la cultura y las circunstancias locales. De igual manera, el enfoque que ACTIAM aplica a los temas relacionados con el gobierno corporativo –tales como la independencia y la remuneración de los directivos o la transparencia– puede variar de una región a otra.
El enfoque de ACTIAM es en los sectores de recursos naturales, incluidos el petróleo y el gas, la minería, el papel y la silvicultura, los alimentos, la agricultura y las bebidas.
El enfoque de ACTIAM es en los sectores de recursos naturales, incluidos el petróleo y el gas, la minería, el papel y la silvicultura, los alimentos, la agricultura y las bebidas.
Derechos Humanos en cadena de suministro
Sedex es una organización sin ánimo de lucro que busca posibilitar mejoras en las prácticas comerciales responsables y éticas de las cadenas de suministro de todo el mundo.
A través de la auditoría de comercio ético de miembros de Sedex (SMETA) ofrece a las empresas miembro un modo simple y eficaz de gestionar prácticas éticas y responsables de sus cadenas de suministro.
La auditoría SMETA incluye la evaluación in situ de:
• Normativas laborales (trabajo infantil, trabajo forzado, no discriminación, remuneración)
• Prevención de riesgos laborales
• El medio ambiente
• Ética comercial
• Prevención de riesgos laborales
• El medio ambiente
• Ética comercial
En la actualidad, Sedex tiene miembros de 150 países y más de 28 sectores de actividad, desde pequeños agricultores independientes a grandes vendedores multinacionales.
Empresas con presencia en el Perú como CENCOSUD, GRUPO FALABELLA, SaBMiller, Nestlé, Colgate, Diageo son miembros de SEDEX y empresas como Sainsbury´s Tesco, Marks & Spencer que compran a empresas en Perú, están sometiendo a sus proveedores a este tipo de auditorías.
Fuente: http://bit.ly/1CSyrz8
En conclusión, un compromiso con los Derechos Humanos debe ser tomado en serio. Las empresas deben identificar los riesgos de impactos en Derechos Humanos de sus operaciones; más aún en un país como el Perú que, según el Human Rights Index 2014, es de alto riesgo de violación de Derechos Humanos. Este ya no es un tema gaseoso o desconocido para las empresas. En el presente, existen herramientas y buenas prácticas que aún de manera incipiente ya son aplicadas en el Perú, y que es importante que sean replicadas.
Más allá de repetir en documentos “respeto a los Derechos Humanos”; las empresas deben explicar lo que significa este compromiso: qué derechos está promoviendo dentro del lugar de trabajo y difundir este compromiso a sus trabajadores y otros grupos de interés. El respeto de los DDHH no es entonces sólo responsabilidad del Estado, sino una responsabilidad social y ética de las empresas.
1 La Declaración Universal de Derechos Humanos, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Dos Protocolos Facultativos La Declaración Universal de Derechos Humanos, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Dos Protocolos Facultativos.
2 Informe del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, 23 mayo 2008. En: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/136/64/PDF/G0813664.pdf?OpenElement
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